A fin de incrementar la competencia en el sistema financiero y de facilitar que los depositantes puedan acceder a mejores ofertas de inversión de distintas entidades financieras, mediante el Decreto Nº 301/2019 (B.O. del 29/04/2019), el Poder Ejecutivo Nacional procede a modificar el inciso b ́ del artículo 10 del Anexo del Decreto Nº 380/2001, permitiendo que la exención se aplique, cualquiera sea la forma en que se gestione la constitución de los depósitos –hasta el momento, sólo correspondía por la constitución de depósitos a plazo fijo en la misma entidad bancaria en que... >
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23 de diciembre de 2016
,por Santos Romero, Analía
1.
INTRODUCCIÓN
Mediante el dictado de la Resolución General Nº 3900 (B.O. del 05/07/2016), la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó un nuevo servicio con Clave Fiscal a los fines del usufructo de los beneficios de alícuota reducida y/o exención del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios previstos en la Ley N° 25.413 y en su Decreto Reglamentario N° 380/2001.
Consecuentemente, se procede a la creación del {“Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”}, el que... >
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Desde el 1° de agosto de 2016, los contribuyentes alcanzados por alguna exención en el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios y/o por la reducción de la alícuota aplicable, a fin de usufructuar dichos beneficios deberán inscribir las cuentas bancarias a las cuales les resultan aplicables, en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”, conforme lo reglamentado por la Resolución General N° 3900 (B.O. de 05/07/2016).
Cabe recordar que hasta el momento, tanto la exención como la... >
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Finalmente, el Poder Legislativo dispuso la prórroga de los impuestos a las ganancias, a las ganancias mínima presunta y sobre los bienes personales, entre otros.
La medida se dio a conocer a través de la [Ley Nº 26.545->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article41144] (B.O. del 02/12/2009).
Impuestos prorrogados:
- Impuesto sobre los bienes personales: Se prorroga su vigencia hasta 31 de diciembre de 2019, inclusive, con efectos a partir del período fiscal 2010, inclusive.
- Impuesto a las ganancias: Se prorroga su vigencia hasta 31 de diciembre de 2019,... >
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